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Papeletas Provisionales

Seguimiento de su boleta provisional

Por Estatuto de Florida 101.048, en todas las elecciones, un votante que afirma estar debidamente registrado en el estado y elegible para votar en el distrito electoral en la elección pero cuya elegibilidad no se puede determinar, una persona que un funcionario electoral afirma que no es elegible, incluyendo, entre otros, una persona a quien se le ha enviado una notificación de conformidad con el art. 98.075(7), pero para quienes no se ha hecho una determinación final de elegibilidad, y otras personas especificadas en el código tendrán derecho a votar en una boleta provisional.

Se puede emitir una boleta provisional por una de las siguientes razones:

  • El nombre del votante no aparece en el registro del precinto y la elegibilidad del votante no está verificada
  • El votante refuta la confirmación de la oficina del Supervisor de Elecciones de que no está registrado o es elegible
  • Hay una indicación en el registro del precinto de que el votante ha solicitado una boleta de voto por correo y el votante no tiene una boleta para enviar; el trabajador electoral no puede verificar que el votante no haya votado.
  • Hay una indicación en el registro del precinto de que el votante ha devuelto la boleta de voto por correo o ha votado en la oficina o en un sitio de votación anticipada, pero el votante mantiene que no ha votado, incluso después de llamar al Supervisor de la oficina de elecciones
  • El votante no proporcionó identificación con foto/firma
  • Hay una indicación en el registro del precinto de que el votante ha sido impugnado en esta elección.
  • El votante es desafiado en el recinto
  • La firma del votante no coincide con la firma registrada y se rechaza la declaración jurada
  • Indicación en el registro del precinto de que la licencia de conducir de Florida, el número de tarjeta de identificación de Florida o el número de seguro social del votante aún no han sido verificados por el Departamento de Estado junto con el Departamento de Seguridad Vial y Vehículos Motorizados

Una vez votada, la boleta provisional se colocará en un sobre secreto y luego se sellará en un sobre de boleta provisional. La papeleta provisional se depositará en una urna. Todas las boletas provisionales permanecen selladas en sus sobres para devolverlas a la oficina del Supervisor de Elecciones.

Una persona que emita una boleta provisional tiene derecho a presentar evidencia escrita que respalde su elegibilidad para votar al Supervisor de Elecciones por a más tardar a las 5 de la tarde del segundo día siguiente a la elección.

Si se determina que la persona estaba registrada y con derecho a votar en el precinto donde emitió su voto en la elección, la Junta de Escrutinio debe comparar la firma en el Certificado y Afirmación de Votante de Boleta Provisional o la declaración jurada de subsanación de boleta provisional con la firma en el registro de votantes o en el registro del precinto.

Contar una boleta provisional

Una boleta provisional se puede contar solo si:

La firma en el acta de elector o en la declaración jurada de subsanación concuerda con la firma del elector en los libros de registro o en el registro del precinto; sin embargo, en el caso de una declaración jurada de subsanación, la identificación de respaldo que se indica a continuación también debe confirmar la identidad del votante.

O

La declaración jurada de subsanación contiene una firma que no coincide con la firma del votante en los libros de registro o en el registro del precinto, pero el votante ha presentado una forma de identificación de Nivel 1 actual y válida que confirma su identidad.

Identificación de nivel 1

Identificación vigente y válida que incluya su nombre y fotografía (una de las siguientes):

  • Licencia de conducir de la Florida
  • Tarjeta de identificación de la Florida emitida por el Departamento de Seguridad de Carreteras y Vehículos Motorizados
  • Pasaporte de los Estados Unidos
  • Tarjeta de débito o crédito
  • Identificación militar
  • Identificación estudiantil
  • Identificación del centro de retiro
  • Identificación de la asociación de vecinos
  • Identificación de asistencia pública
  • Permiso de armas ocultas o armas de fuego de la Florida
  • Tarjeta de identificación de empleado emitida por cualquier sucursal, departamento, agencia o entidad del gobierno federal, estado, condado o municipio
  • Tarjeta de salud de veterano emitida por el Departamento de Asuntos de Veteranos de los Estados Unidos

Si no tiene una forma de identificación de Nivel 1, puede proporcionar una forma de identificación de Nivel 2.

Identificación de nivel 2

Una identificación que muestre su nombre y dirección de residencia actual (una de las siguientes):

  • Factura actual de servicios públicos
  • Extracto de cuenta
  • Cheque del gobierno
  • Cheque de pago
  • Documento gubernamental (excluyendo la tarjeta de información del votante)

Toda boleta provisional que no se cuente debe permanecer en el sobre que contiene el Certificado y Afirmación del Votante de la Boleta Provisional y el sobre deberá estar marcado como "Rechazado como ilegal".

Cura exclusiva

Si olvidó firmar el sobre de la boleta provisional, o la firma en el sobre de la boleta provisional no coincide con la firma registrada, la ley de Florida le permite la oportunidad de presentar una declaración jurada para subsanar su boleta provisional. La Declaración Jurada de Curación de Boleta Provisional debe ser completada y enviada a nuestra oficina junto con una copia de su identificación. a las 5 pm del segundo día después de la elección.

Descargue una declaración jurada de boleta provisional (inglés, PDF)
Descargue una Declaración jurada de boleta provisional (español, PDF)